El directorio del Banco Central (BCRA) aprobó un régimen de sumarios y sanciones por incumplimientos a la Ley de Tarjetas de Crédito, tanto para las entidades financieras como para los emisores no financieros de los plásticos, que pone un tope a la tasa, la cual no puede exceder en 25% al interés que se cobra por un préstamo personal.
La medida se adoptó a partir de las facultades que la reciente modificación de la Carta Orgánica otorga al BCRA orientadas a la defensa y protección del usuario de servicios financieros.
La modificación mencionada habilita al BCRA a verificar la correcta aplicación del nivel de las tasas de interés compensatorio y punitorio por la financiación de operaciones con tarjetas, así como la obligación de exhibir al público las tasas de financiación por este sistema en todos los locales del emisor.
Igualmente, obliga a informar las ofertas en materia financiera a la secretaría de Comercio Interior.
A través de la Comunicación “A” 5323, el BCRA definió el régimen sancionatorio correspondiente en casos de incumplimiento.
Este régimen contempla la base sobre la cual se establecerán las multas máximas por aplicar.
Al respecto, se estableció como “importe de referencia” el monto correspondiente a los intereses liquidados, ajustados por un coeficiente -según la naturaleza de la infracción- con el fin de que el monto de la sanción sea proporcional a la naturaleza de la falta cometida.
A la vez, se definió que los mencionados importes de referencia podrán ser incrementados en hasta 20 veces en función de la gravedad de las faltas, la reincidencia y la reiteración de irregularidades.
Según cifras del ente monetario, los bancos pueden cobrar una tasa por financiación con tarjetas de crédito que resulta de aplicar un 25% adicional al interés que cobran en préstamos personales.
Actualmente, el promedio del mercado para préstamos personales es del 37,4%.
Telam