Ante consultas efectuadas por distintos Representantes de Bodegas y Cámaras Empresariales con relación a la obligatoriedad de contar con las constancias de aprobación y verificación de los sistemas de medición (básculas) que utilizan los establecimientos vitivinícolas, el INV difundió detalles al respecto.
El organismo recordó a todos aquellos establecimientos que en vendimia presenten el Inicio de Cosecha, que indefectiblemente deberán contar con:
a) la correspondiente Certificación de Báscula de Bodega; o
b) con la CONSTANCIA DE PLAN DE TRABAJO presentada ante el INV, tendiente a regularizar la situación legal de los instrumentos de medición.
El INV como parte de la rutina que lleva a cabo durante el proceso de elaboración verificara que todo establecimiento en los que se elabore vinos o mostos, cuente con el “Certificado de Verificación Primitiva” o “Certificado de Verificación Primitiva de Única Unidad” o “Declaración de Conformidad” o “Certificado de Verificación Periódica”, de todo instrumento de medición alcanzado por la Ley de Metrología (Ley Nº 19511 y Decreto 788 del 2003).
Cabe destacar que también es válida, en reemplazo del certificado de verificación primitiva, la presentación de Certificado de Declaración de Conformidad entregado por la empresa vendedora de una báscula nueva, el que deberá estar sellado por la Secretaría de Comercio Interior.
Ante cualquier duda o para mayor información comunicarse con la Delegación de su jurisdicción o a Sub Gerencia de Planificación, Atención al usuario: 0810 5555 468