La información que podrán consultar los fiscales “no vulnera derechos y garantías constitucionales” de contribuyentes ni de personas en proceso judicial, afirman
El convenio se enmarca en el Acuerdo Social por la Seguridad, en el que todas las áreas del Gobierno se comprometen a colaborar con acciones que permitan mejorar la gestión de la Justicia y de la seguridad. La información existente y que podrán consultar los fiscales “no vulnera derechos y garantías constitucionales” de contribuyentes ni de personas en proceso judicial, según dice textualmente el acuerdo.
Mediante este convenio, las fiscalías podrán acceder a información de la base de datos de la Dirección General de Rentas, con un aplicativo vía Internet y con claves personales. La administración de seguridad de los usuarios del programa de consulta estará a cargo de Rentas, que dispone de un centro de operaciones que atenderá de lunes a viernes de 8 a 16 en los teléfonos 4492310 y 4492348. No obstante, Rentas capacitará a una persona de la Procuración, que a su vez capacitará a los usuarios de las fiscalías.
El sistema permitirá a las fiscalías acceder a datos sobre contribuyentes como CUIT, números de documentos de identidad, razón social (en caso de personas jurídicas) y nombre y apellido (en caso de personas físicas); domicilios fiscales y también domicilios declarados para cada impuesto en particular; números de padrones inmobiliarios, de patentes de automotores y también podrán incorporarse datos de contribuyentes de Ingresos Brutos.
Se establece que los usuarios “se obligan a mantener el secreto fiscal respecto de la información” que consultan; caso contrario, “serán responsables en forma personal y solidaria” si llegaran a divulgar o permitir el acceso indebido al sistema, o si realizaran un mal uso de la información.
El convenio aclara que la información que los fiscales consulten deberá ser verificada por la Procuración con los registros originales de datos, como el Registro de la Propiedad Automotor o el Registro Público de la Propiedad Raíz. Esto, teniendo en cuenta que la Dirección General de Rentas no es un organismo registral y la información con que cuenta es a los fines recaudatorios.