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Economía

Diciembre 10, 2008

Todos los trabajadores pasan al sistema de reparto

El Poder Ejecutivo promulgó la reforma previsional; los haberes de diciembre se cobran en el Estado

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A partir de este mes, las 9,5 millones de personas que estaban afiliadas a una administradora de fondos de jubilaciones y pensiones (AFJP) pasan automáticamente a pertenecer al régimen previsional de reparto que gestiona la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses). Así lo dispone la ley 26.425, que elimina el régimen de capitalización. La reforma fue aprobada días atrás por el Congreso y publicada ayer en el Boletín Oficial junto con el decreto 2099, que la promulga.

La Anses recibirá desde ahora los aportes jubilatorios personales, que equivalen al 11% del sueldo de los empleados dependientes y de la renta de referencia de los autónomos. Además, el organismo se quedará con el fondo acumulado por los afiliados en las AFJP en los 14 años y medio en los que rigió el sistema de capitalización. Esos recursos dejarán de estar en cuentas individuales y formarán parte de una caja única que administrará, según el decreto 2103, publicado ayer, el director ejecutivo de la Anses -actualmente, Amado Boudou-, quien deberá ser “asistido” por un comité ejecutivo integrado por funcionarios del propio Gobierno.

El punto referido a la gestión y control de los recursos -la Anses manejará en total un fondo hoy valuado en unos $ 102.000 millones- fue uno de los más cuestionados durante el breve debate que tuvo el proyecto en el Congreso -la ley se aprobó en menos de un mes-, incluso por parte de varios dirigentes que mostraron su acuerdo con la disposición general de la reforma.

A partir de los ingresos devengados este mes, el Estado se hará cargo de pagar los beneficios a quienes ya están percibiendo una jubilación o pensión en el régimen de capitalización. Esta disposición, incluida en el decreto 2104, complementario de la ley, es válida para quienes cobraban bajo la modalidad de retiro programado o retiro fraccionario, y la Anses deberá informar el cronograma de pago. Las personas que habían contratado una renta vitalicia en una compañía de seguros de retiro no verán cambios en su situación derivados de las modificaciones normativas.

Quienes estaban cobrando un retiro programado (esto significa que el dinero seguía en la AFJP y que la parte del ingreso jubilatorio mensual que dependía del fondo capitalizado fluctuaba según los rendimientos financieros de las inversiones, en baja en los últimos meses) percibirán como ingreso de diciembre el monto más alto cobrado entre enero y septiembre últimos. A partir de 2009 todos los haberes -los de quienes ya estaban en reparto y los de los que son transferidos ahora- comenzarán a actualizarse en los meses de marzo y septiembre de cada año según el índice que dispone la ley de movilidad jubilatoria aprobada en octubre último.

Sin incentivos fiscales

La nueva reforma previsional, por otra parte, elimina la posibilidad de deducir del ingreso imponible de ganancias los aportes voluntarios hechos al sistema jubilatorio privado o bien los pagos realizados a un seguro de retiro, aunque no aclara qué ocurrirá con las deducciones que se hayan aplicado en el ejercicio fiscal del año en curso. De esta manera, se eliminan los incentivos fiscales que existían para hacer aportes complementarios.

Con respecto a los fondos acumulados que se derivan de aportes voluntarios hechos en los últimos años, la ley dispone que podrán ser transferidos a la Anses “para mejorar el haber previsional” futuro. Sin embargo, Boudou afirmó varias veces, al ser consultado sobre el tema, que esos recursos les serán devueltos a quienes los aportaron, en los instrumentos financieros en los que se encuentran invertidos.

Más allá de quién administra los fondos, la reforma trae un cambio sustancial -para quienes estaban afiliados a capitalización- con respecto a la forma en que se calcularán las jubilaciones.

En reparto, el haber inicial equivale al 1,5% del salario promedio de los últimos 120 meses trabajados, multiplicado por la cantidad de años con aportes hasta un límite de 35 años. Así, quien tiene 30 años de aportes, que es el mínimo exigido para acceder al beneficio, recibe el 45% de ese ingreso promedio. Para estimar este dato, los valores históricos de los sueldos de la década previa al retiro se están actualizando según un índice vinculado al alza que tuvieron algunas jubilaciones ubicadas en medio de la escala de los ingresos pasivos. Esos haberes en particular acumularon un aumento del 79% en los últimos años.

Según se dispuso ayer por decreto, los beneficios jubilatorios de afiliados a las AFJP que se estén tramitando en este momento serán otorgados “conforme a las normas aplicables al régimen previsional público”. Esto significa que serán estimadas con la fórmula de reparto. De igual manera, quien inicie el trámite de solicitud de prestaciones deberá hacer la gestión directamente en una sede de la Anses.

Como el sistema de capitalización rigió durante la mitad del período de 30 años por el que se requiere tener aportes para poder jubilarse, todos los beneficios dados hasta ahora tenían un componente estimado según las normas de reparto, en respuesta a los aportes hechos antes de julio de 1994, cuando comenzó a regir la ley 24.241, que creó la capitalización.

Como el valor de las cuotas parte que integraban el fondo de las AFJP estaba afectado a la baja por la crisis financiera, se estima que quienes se jubilan ahora obtienen por lo general un haber de inicio más elevado en el sistema estatal.

9,5
Millones de personas

 

80.000
Millones de pesos

 

22.000
Millones de pesos

 

5200
Trabajadores

  • Es el número de ex empleados de las AFJP que serán
  • Es el valor informado por la Anses, en un informe escueto, para el fondo de garantía que ya tiene el régimen de reparto.
  • Es el valor aproximado que tiene el fondo acumulado por el sistema eliminado, según la Superintendencia de AFJP.
  • Estaban afiliadas al régimen de capitalización. De ellas, 3,7 millones hacían efectivamente aportes mensuales.

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