El fisco nacional confirmó la puesta en marcha de una nueva herramienta web que permitirá la generación del documento y su renovación anual automática. También se garantizará que las organizaciones no sufran ni retenciones ni percepciones en concepto del tributo que alcanza a las utilidades
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó la implementación de un certificado online con renovación anual automática para eximir del Impuesto a las Ganancias a las entidades beneficiarias.
De esta manera, luego de las modificaciones previstas por el fisco nacional, el mecanismo web también garantizará que las organizaciones no sufran ni retenciones ni percepciones en concepto del tributo que alcanza a las utilidades.
La iniciativa fue ratificada en el marco de un encuentro entre representantes de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) y autoridades de la AFIP.
Por lo tanto, la nueva herramienta online reemplazaría el registro instaurado por la resolución general (AFIP) 1815/2005 y el régimen establecido por la resolución general (AFIP) 830.
Anteproyecto
De acuerdo al documento al que tuvo acceso iProfesional.com, la AFIP implementará este nuevo mecanismo en línea con “el objetivo de facilitar la tramitación del certificado de exclusión de retención”.
La nueva herramienta consistirá en “un procedimiento sistémico que gestionará la solicitud, resolviendo en consecuencia el otorgamiento del beneficio o denegatoria del mismo”.
“El sistema permitirá resolver en forma rápida y uniforme, los trámites que interpongan los contribuyentes mediante un servicio con clave fiscal, al cual se accede a través del sitio web de la AFIP”, puntualiza el documento.
Por lo tanto, los aspectos salientes de la iniciativa son:
Asimismo, estarán excluidos del nuevo régimen:
Para que la solicitud sea aprobada la entidad deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Los dos últimos requisitos sólo deberán ser tenidos en cuenta para el trámite de incorporación al Régimen Excepcional de Ingreso.
Procedimiento
El documento establece que a los efectos de solicitar el certificado de exclusión de retención, los responsables deberán realizar el trámite a través del programa aplicativo denominado “Solicitud Exclusión Ret.Imp. Gcias. – Versión 1.0″ mediante transferencia electrónica vía web.
Luego, el solicitante deberá ingresar al servicio web “Solicitud de Exclusión de Retención/ Autorización al REI – RG 830”, con el objeto de confirmar el envío de su solicitud.
El sistema confirmará en línea si el trámite fue admitido, generando como constancia de su recepción un acuse de recibo.
Asimismo, la entidad deberá ingresar dentro de los dos días corridos para conocer el resultado de los controles efectuados a la presentación, siendo las opciones posibles trámite aceptado, denegado u observado.
De otorgarse la solicitud de exclusión, la misma será de carácter total y tendrá vigencia a partir del primer día del mes inmediato siguiente a aquel en que sea resuelta.
El certificado dejará de tener validez el último día del mes de cierre del período fiscal de que se trate.
Respecto a los efectos, los agentes de retención quedarán exceptuados de practicar las retenciones, sólo cuando la entidad que ya haya realizado el trámite les entregue el certificado de exclusión o la autorización de incorporación al Régimen Excepcional de Ingreso, según corresponda, debiendo consultar la página web de la AFIP para verificar la autenticidad y vigencia del documento.
Como complemento, la nueva metodología contempla las siguientes prestaciones online:
De esta manera, la AFIP busca cumplir con un doble objetivo: facilitar el trámite de exención en Ganancias, y a su vez, potenciar la inteligencia fiscal al informatizar los datos de las entidades involucradas.
De esta manera, luego de las modificaciones previstas por el fisco nacional, el mecanismo web también garantizará que las organizaciones no sufran ni retenciones ni percepciones en concepto del tributo que alcanza a las utilidades.
La iniciativa fue ratificada en el marco de un encuentro entre representantes de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (Facpce) y autoridades de la AFIP.
Por lo tanto, la nueva herramienta online reemplazaría el registro instaurado por la resolución general (AFIP) 1815/2005 y el régimen establecido por la resolución general (AFIP) 830.
Anteproyecto
De acuerdo al documento al que tuvo acceso iProfesional.com, la AFIP implementará este nuevo mecanismo en línea con “el objetivo de facilitar la tramitación del certificado de exclusión de retención”.
La nueva herramienta consistirá en “un procedimiento sistémico que gestionará la solicitud, resolviendo en consecuencia el otorgamiento del beneficio o denegatoria del mismo”.
“El sistema permitirá resolver en forma rápida y uniforme, los trámites que interpongan los contribuyentes mediante un servicio con clave fiscal, al cual se accede a través del sitio web de la AFIP”, puntualiza el documento.
Por lo tanto, los aspectos salientes de la iniciativa son:
Asimismo, estarán excluidos del nuevo régimen:
Para que la solicitud sea aprobada la entidad deberá cumplir con los siguientes requisitos:
Los dos últimos requisitos sólo deberán ser tenidos en cuenta para el trámite de incorporación al Régimen Excepcional de Ingreso.
Procedimiento
El documento establece que a los efectos de solicitar el certificado de exclusión de retención, los responsables deberán realizar el trámite a través del programa aplicativo denominado “Solicitud Exclusión Ret.Imp. Gcias. – Versión 1.0″ mediante transferencia electrónica vía web.
Luego, el solicitante deberá ingresar al servicio web “Solicitud de Exclusión de Retención/ Autorización al REI – RG 830”, con el objeto de confirmar el envío de su solicitud.
El sistema confirmará en línea si el trámite fue admitido, generando como constancia de su recepción un acuse de recibo.
Asimismo, la entidad deberá ingresar dentro de los dos días corridos para conocer el resultado de los controles efectuados a la presentación, siendo las opciones posibles trámite aceptado, denegado u observado.
De otorgarse la solicitud de exclusión, la misma será de carácter total y tendrá vigencia a partir del primer día del mes inmediato siguiente a aquel en que sea resuelta.
El certificado dejará de tener validez el último día del mes de cierre del período fiscal de que se trate.
Respecto a los efectos, los agentes de retención quedarán exceptuados de practicar las retenciones, sólo cuando la entidad que ya haya realizado el trámite les entregue el certificado de exclusión o la autorización de incorporación al Régimen Excepcional de Ingreso, según corresponda, debiendo consultar la página web de la AFIP para verificar la autenticidad y vigencia del documento.
Como complemento, la nueva metodología contempla las siguientes prestaciones online:
De esta manera, la AFIP busca cumplir con un doble objetivo: facilitar el trámite de exención en Ganancias, y a su vez, potenciar la inteligencia fiscal al informatizar los datos de las entidades involucradas.